martes, 24 de septiembre de 2013

paradigma


PARADIGMA.

Antes de entrar de lleno en la exposición del significado y diversas acepciones que tiene el término paradigma, debemos determinar el origen etimológico del mismo. En concreto se halla en la palabra latina paradigma, aunque es cierto que esta a su vez procede del griego. Más exactamente viene de παράδειϒμα, que se forma a partir de la unión del prefijo para, que significa junto, y de la palabra deigma que se traduce como ejemplo o modelo.

El concepto de paradigma (un vocablo que deriva del griego paradeigma) se utiliza en la vida cotidiana como sinónimo de “ejemplo” o para hacer referencia a algo que se toma como “modelo”. En principio, se tenía en cuenta a nivel gramatical (para definir su uso en un cierto contexto) y se valoraba desde la retórica (para hacer mención a una parábola o fábula). A partir de la década del ’60, los alcances de la noción se ampliaron y ‘paradigma’ comenzó a ser un término común en el vocabulario científico y en expresiones epistemológicas cuando se hacía necesario hablar de modelos o patrones.

En este sentido, en su acepción como “modelo”, podríamos establecer un ejemplo como el siguiente: El trabajo de Valentino es un paradigma para muchos jóvenes diseñadores.

Una de las primeras figuras de la historia que abordaron el concepto que ahora nos ocupa fue el gran filósofo griego Platón que realizó su propia definición de lo que él consideraba que era un paradigma. En este sentido, el citado pensador expuesto que esta palabra venía a determinar a lo que son las ideas o los tipos de ejemplo de una cosa en cuestión.

El estadounidense Thomas Kuhn, un experto en Filosofía y una figura destacada del mundo de las ciencias, fue quien se encargó de renovar la definición teórica de este término para otorgarle una acepción más acorde a los tiempos actuales, al adaptarlo para describir con él a la serie de prácticas que trazan los lineamientos de una disciplina científica a lo largo de un cierto lapso temporal.

De esta forma, un paradigma científico  establece aquello que debe ser observado; la clase de interrogantes que deben desarrollarse para obtener respuestas en torno al propósito que se persigue; qué estructura deben poseer dichos interrogantes y marca pautas que indican el camino de interpretación para los resultados obtenidos de una investigación de carácter científico.

Cuando un paradigma ya no puede satisfacer los requerimientos de una ciencia (por ejemplo, ante nuevos hallazgos que invalidan conocimientos previos), es sucedido por otro. Se dice que un cambio de paradigma es algo dramático para la ciencia, ya que éstas aparecen como estables y maduras.

No obstante, también es necesario dejar muy patente que paradigma es un término que lo podemos emplear en otros campos fuera del área científica. En este sentido, también es muy utilizado, y con frecuencia, en el ámbito de la Lingüística donde se emplea para referirse a todo un conjunto de palabras que, dentro de un mismo contexto, pueden utilizar de manera indistinta.

Así, si tuviéramos esta expresión, El¬¬¬______ estaba ciego, podríamos completarla utilizando en ese hueco una serie de sustantivos tales como hombre, niño, anciano, gato o pájaro.

En las ciencias sociales, el paradigma se encuentra relacionado al concepto de cosmovisión. El concepto se emplea para mencionar a todas aquellas experiencias, creencias, vivencias y valores que repercuten y condicionan el modo en que una persona ve la realidad y actúa en función de ello. Esto quiere decir que un paradigma es también la forma en que se entiende el mundo.


PEDOFILIA Y PEDERASTIA.

En un juicio por presuntos abusos sexuales infantiles celebrado en Barcelona en el 2001, uno de los acusados reconoció ser pedófilo pero no pederasta. En El Mundo (10-1-2001), se reproducían sus palabras en respuesta a las acusaciones de haber abusado de cuatro niños: «No satisfacía mis impulsos de ninguna manera, me aguantaba y basta». Distinguía así el presunto autor de los abusos entre la tendencia que le empujaba a sentir atracción sexual por los niños (pedofilia) y las prácticas sexuales con menores (pederastia), conducta considerada delictiva según nuestro Código Penal. Al margen de la veracidad de la afirmación del presunto pederasta de que resistía sus impulsos, y de que sus palabras fueran o no un mero recurso jurídico empleado en su defensa para conseguir la absolución, hay que reconocer que, prescindiendo de este caso concreto y a nivel general, la distinción entre la atracción sexual hacia los niños y el delito de abuso sexual de menores, no parece inoportuna. En el primer caso, pues, estamos ante una tendencia psíquica, considerada como enfermedad por la psiquiatría, mientras que en el segundo nos situamos ante una práctica, que además es delictiva según nuestra legislación.

Generalmente, en nuestra lengua no suelen utilizarse dos términos diferentes para distinguir estos dos conceptos. Las palabras pedofilia y pederastia se emplean como sinónimos, para referirse tanto a la atracción sexual como al delito, al igual que pedófilo y pederasta. En el lenguaje periodístico encontramos indistintamente el uso de pedofilia con el sentido de delito y con el significado de enfermedad; así, por ejemplo, se emplea el sintagma «acusar de pedofilia»;1 se habla de una «red de pedofilia» para designar una organización de personas dedicadas a la explotación sexual de menores; asimismo, la palabra aparece en ocasiones en enumeraciones junto a otras conductas delictivas:

[...] luchar contra el terrorismo, la pedofilia, el racismo, el tráfico de seres humanos, el blanqueo de dinero, el narcotráfico, el contrabando, el secuestro y todo tipo de delincuencia organizada.

Otras veces se emplea como enfermedad, y se la clasifica entre las «perversiones sexuales (o desviaciones sexuales), como exhibicionismo, pedofilia, sadomasoquismo, necrofilia, clismafilia (utilización de enemas)». En ocasiones se recogen empleos con aparente redundancia, como en la siguiente frase: «Su letrado ha sostenido durante toda la vista judicial que la pedofilia de su cliente es una enfermedad».

Por su parte, pederastia se utiliza de forma preferente en el sentido de delito, y menos frecuentemente como enfermedad; en la prensa se habla de «delitos de pederastia», «condenado a 40 años por pederastia», «acusado de pederastia» y «red de pederastia». Esta preferencia de emplear pedofilia para referirse a la atracción sexual o la enfermedad, puede deberse al hecho de que este término2 es actualmente el más utilizado en psiquiatría para designar el transtorno mental y, por influencia médica, es la palabra escogida por los periodistas para hablar en términos psiquiátricos. En medicina se la incluye entre los transtornos sexuales y de la identidad sexual, dentro de las categoría de las parafilias. Los criterios de su diagnóstico diferencial son los siguientes: han de padecerse, durante al menos seis meses, fantasías sexuales recurrentes y altamente excitantes, impulsos sexuales o comportamientos que impliquen actividad sexual con niños prepúberes, es decir, menores de 13 años; se ha de tener más de 16 años; y entre el paciente y el niño objeto de deseo sexual ha de haber una diferencia de al menos cinco años. Se excluyen las fantasías, impulsos o comportamientos entre adolescentes mayores. Conviene tener presente que no toda persona pedófila tiene que haber cometido actos de abuso sexual infantil. Por tanto, no todos los pedófilos son pederastas, esto es, delincuentes o explotadores sexuales. En ocasiones, se distinguen tres tipos de transtornos según la edad de la persona que es objeto del deseo sexual: se emplea pedofilia para la atracción hacia niños en edad prepuberal, efebofilia (del griego ephebo ‘chico que ha entrado en la pubertad’) para referirse al deseo sexual hacia adolescentes, y nepiofilia (de nepion ‘infante’) para designar la atracción hacia niños lactantes.

El término pedofilia fue acuñado en alemán por el psiquiatra Richard von Krafft-Ebing (1840-1902), quien utilizó por primera vez la expresión Pädophilia erotica3 en su influyente libro Psychopathia Sexualis, publicado en 1886. En esta obra aparecieron también otros neologismos para designar comportamientos considerados transtornos sexuales, como masoquismo, sadismo, gerontofilia, fetichismo y zoofilia.

Pero no siempre pedofilia y pederastia se emplean en la prensa como sinónimos. El periodista Javier Ortiz, en un artículo titulado «El sexo y la infancia»,4 afirma:

Otra vez a vueltas con la pedofilia y la pederastia. Muchos las confunden. No son lo mismo. El término pedofilia no figura todavía en los diccionarios, pero acabará abriéndose hueco, porque es necesario: se refiere a la atracción erótica que algunos adultos sienten por los niños (o niñas). La pederastia, en cambio, define el abuso sexual de menores. Un abismo separa ambos conceptos: en el primer caso no hay violencia; en el segundo, sí. Sin embargo, la moral victoriana dominante condena por igual ambas realidades.

Recientemente, a raíz de los casos de pederastia entre miembros del clero católico estadounidense, Juan Antonio Herrero Brasas, profesor de ética y política, establecía en un artículo publicado en El Mundo otra diferencia entre ambos términos. Según él, debe distinguirse entre el «abuso sexual de niños», que llamaba pedofilia, y las «relaciones entre adolescentes mayores de 14 o 15 años», para la que reservaba la palabra pederastia.5 Meses más tarde, matizaba la definición de pederastia, señalando que se refería a las «relaciones intergeneracionales entre adultos y adolescentes o jóvenes adultos». Se lamentaba Herrero Brasas de que la legislación americana no distinguiera ambos conceptos, y que considerara como delito de pedofilia toda relación con un menor de 18 años, «automáticamente catalogada de violación». Según este autor, «la gran mayoría de las acusaciones corresponden a casos de pederastia propiamente hablando».6

Esta última distinción, que como hemos visto no suele hacerse en nuestra lengua, no está recogida en los diccionarios generales. Sin embargo, los lexicógrafos son partidarios de establecer una diferencia entre pedofilia y pederastia, en la misma línea que Ortiz. El diccionario de la Real Academia Española7 ha introducido en su última edición (2001) el término pedofilia, además de seguir registrando la palabra pederastia, para las que recoge las siguientes definiciones:

a) Pedofilia. paidofilia.

Paidofilia. f. Atracción erótica o sexual que una persona adulta siente hacia niños o adolescentes.

b) Pederastia. f. Abuso sexual cometido con niños.

La RAE recoge las dos variantes morfológicas, pedofilia y paidofilia. La raíz ped(o)-/paid(o)- ‘niño’ procede del griego paidós ‘niño’. Desde el punto de vista etimológico, es más correcta la primera, pues el diptongo griego ai se transcribe ae en latín y e en español. Sin embargo, quizás por razones de eufonía, la RAE prefiere la forma paido-, conservando el diptongo original griego. La forma paedofilia, que en ocasiones también se emplea, contiene la conservación del diptongo latino, y su uso puede estar influido por el inglés paedophilia. Alba Sánchez, defensora del lector del diario venelozano El Nacional, dedicaba un artículo al tema -a raíz de los recientes casos de abusos sexuales infantiles cometidos por sacerdotes norteamericanos-, que había generado cierto debate lingüístico a través de cartas de lectores. Sobre la variación pedofilia-paidofilia-paedofilia, la autora consideraba que la inclusión de paidofilia en el DRAE es un «ejemplo más de la mojigatería que, en ocasiones, afecta a ciertos académicos; aunque en honor a la verdad se deja al usuario la libertad de escoger el término que más le agrade y será el tiempo y el conjunto de los hispanohablantes quienes sancionen el término más adecuado». No obstante, Alba Sánchez acababa su columna diciendo que, en realidad, la palabra que describe la acción de los sacerdotes acusados de abusos sexuales de menores es pederastia.8

Desde el punto de vista semántico, la distinción es clara: una cosa es sentir atracción erótica por los niños, y otra, abusar sexualmente de ellos. Similares diferencias de significado encontramos en el Diccionario de uso del español de María Moliner,9 donde se define el término pedofilia -también incorporado recientemente, en la edición de 1999- como una «perversión» del adulto que se «siente atraído por niños», mientras que la pederastia se toma como una «práctica». Seco, Andrés y Ramos, en su Diccionario del español actual, definen la pedofilia10 como una «atracción», y reservan pederastia para la «relación homosexual de un hombre con niños», lo que introduce el matiz semántico de la homosexualidad, aunque dentro del campo de las prácticas sexuales, tal como hacen el diccionario académico y el diccionario de María Moliner.

Así pues, la distinción entre la tendencia sexual (pedofilia) y la práctica abusiva -y además delictiva- (pederastia), aunque infrautilizada en la lengua, está perfectamente registrada en los diccionarios. Los medios de comunicación tienen su parte de responsabilidad en perpetuar esta confusión entre dos conceptos pertenecientes a dos esferas distintas: por una parte, la esfera de la psicología -y de la medicina, si se acepta que la pedofilia es un transtorno sexual- y, por otra, el ámbito del derecho y la moral. Hay que ser conscientes de que esta confusión parece estar muy arraigada en nuestra cultura, y de que no es fácil separar claramente las categorías conceptuales de la ciencia y las categorías de la moral, a pesar del aparente cientifismo de la sociedad actual. Sin embargo, sería de agradecer que los medios de comunicación contribuyeran a difundir una distinción léxica que ayude a nuestras mentes a separar dos realidades diferentes.

[1] Todos los ejemplos están extraídos del diario El Mundo durante el año 2002.

[2] DSM-IV-TR. Manual diagnóstico y estadístico de los transtornos mentales. Juan J. López-Ibor (dir.) Barcelona, Masson, 2002. A pesar de que la psiquiatría «oficial» considera la pedofilia como una enfermedad, no todos los psiquiatras comparten esta opinión. En un artículo de María Tomé publicado en El Mundo se defiende que «la pedofilia no es una enfermedad mental» y que «se elige ser pederasta», si bien se reconoce que las personalidades de los pederastas son anormales y que estos pueden sentirse culpables por sus acciones. Termina diciendo la autora que un pederasta no puede curarse, y que «la medicina no tiene nada que ofrecer». V. Tomé, M. «La imposible “cura” de un pederasta». El Mundo, 18-12-2001.

[3] El término original fue pedofilia erótica, que describe mejor el concepto, ya que, etimológicamente, pedofilia significa ‘amor hacia los niños’, de ahí que el creador de la palabra añadiera el adjetivo erótica, para precisar el carácter sexual de la atracción.

[4] Ortiz, J. «El sexo y la infancia». El Mundo, 30-7-1997.

[5] Herrero Brasas, J. A. «Señor cura, tóqueme». El Mundo, 25-3-2002.

[6] Herrero Brasas, J. A. «El nuevo puritanismo». El Mundo, 5-6-2002.

[7] Real Academia Española. Diccionario de la lengua española. Madrid, Espasa, 2001

[8] V. Sánchez, A. «Para todo hay especialistas». La Nación, 4-6-2002.

[9] Moliner, M. Diccionario de uso del español. Madrid, Gredos, 1999.

[10] Estos autores consideran como variante más correcta paidofilia. V. Seco, M., O. Ándres, G. Ramos. Diccionario del español actual. Madrid, Aguilar, 1999.

BIBLIOGRAFIA.

http://pendientedemigracion.ucm.es/info/especulo/cajetin/pedofil.html

clase 2 modulo 3


DATOS PARA LA HISTORIA CLINICA.

Es necesario profundizar en el efecto de haber sufrido abuso sexual siendo menor de edad:

a) Los significados asociados con la sexualidad.

b) Actitud hacia la sexualidad y homosexualidad.

c) Conductas sexuales.

d) Afectos ligados a dichas conductas, comparando a un grupo de personas que han sufrido abuso sexual con el resto de la población.

 ESTUDIO DE LAS REACCIONES.

Las emociones asociadas a las conductas sexuales resultaron dos factores independientes:

1.- Emociones negativas (angustia, culpa y asco)

2.- Emociones positivas (placer y satisfacción)

 EVIDENCIA PSICOLOGICA.

*Fundamental para el armado del peritaje psicológico en casos de abuso/violación sexual.

*Evaluación del daño psicológico y fundamentación del mismo.

 CONDUCTAS PRE-PERI-POST A LA VIOLACION/ABUSO SEXUAL.

Durante el ataque aparece un “Estado cognitivo de sobrevivencia”.

1.- Aparece una disociación, observando la situación desde fuera.

2.-Etapa de shock: confusión y falta de resonancia afectiva.

3.- Etapa de depresión.

4.-Conducta autodestructiva o promiscua, pánico, ansiedad.

 PERFIL DEL VICTIMARIO EN CASO DE ABUSO/VIOLACION SEXUAL.

Sujeto activo en el abuso/violación sexual.

Generador del sentimiento de deuda.

Perfil psicológico:

1.- Autoestima bajo.

2.- Antecedentes de violencia físico, psicológico, sexual.

3.- Desprecios en la infancia por el grupo de pares.

*TIPO DE VICTIMARIOS.

1.- Creencia de amor a los niños: victimario de oportunidad/ victimario en creciente del hecho.

2.- Repetición de patrones por lo vivido: reestructuración de la psique (identificación con el victimario vs victima “sensación de culpa”)

3.- Intención de daño/ sometimiento/ control: depredador sexual, suma creciente del hecho.

 CONDUCTAS PEDOFILICAS.

*Fantasía erótica infantil.

*Exhibicionismo.

*Froteurismo.

*Colección fetichista.

*Pornografía infantil.

*Contratación de sexoservidoras con perfil infantiloide.

*Penetración.

 ACTUAR DEL PEDOFILO PARA OBTENER A SU VICTIMA.

*Depende del acto.

*Abuso.

*Violación.

*Red de prostitución.

*Pornografía infantil.

 CONTACTO DEL SUJETO A LA VICTIMA.

Ø  El contacto físico, suele ser mayor al de otros medios, ejemplo internet.

Ø  El contacto suele ser cuidadoso para no levantar sospechas, busca empatía y ganar confianza (regalos).

miércoles, 18 de septiembre de 2013


CLASIFICACION Y MODALIDADES DE VIOLENCIA.
 
De acuerdo con lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), la violencia se clasifica en modalidades y tipos. Es importante que sepas que en un hecho de violencia pueden encontrarse varios tipos de violencia, sin embargo, esta clasificación es para facilitar su comprensión.

 
MODALIDADES DE VIOLENCIA.
 
Violencia familiar
Los Insultos, menosprecios, indiferencias, prohibiciones, golpes, abusos físicos, sexuales y psicológicos; así como los sometimientos que se realizan hacia las mujeres al interior de la familia por alguna persona cercana, comúnmente su pareja o expareja; es lo que se conoce como violencia familiar, aunque también pueden vivirla las niñas y los niños, adultos mayores o cualquier otro integrante de la familia.
 
La LGAMVLV la define como: Acto abusivo de poder u omisión intencional, dirigido a dominar, someter, controlar o agredir de manera física, verbal, psicológica, patrimonial y sexual a las mujeres, dentro o fuera del domicilio familiar, cuyo agresor tenga o haya tenido relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato, o mantengan o haya mantenido una relación de hecho. Art. 7 LGAMVLV
 
Violencia laboral
Este tipo de violencia incluye el hostigamiento o acoso sexual, discriminación de trato, falta de oportunidades equitativas para la promoción y capacitación laboral, así como condicionar la contratación por estar casada, tener hijas e hijos o estar embarazada; la limitación a cargos de toma de decisión y el pago desigual por el mismo trabajo en comparación con los hombres.
 
La LGAMVLV la define como: Negativa ilegal a contratar a la víctima o a respetar su permanencia o condiciones generales de trabajo; descalificación del trabajo realizado, amenazas, intimidación, humillaciones, explotación y todo tipo de discriminación por condición de género. Art. 11 LGAMVLV
 
Violencia docente
Son las conductas que violentan a las alumnas en el contexto escolar como pedirles que no usen faldas cortas o prendas que supuestamente son “provocativas”, exigirles mayor orden y limpieza en sus útiles escolares en comparación con sus compañeros, no tomar en cuenta sus opiniones durante la clase; dar ejemplos sexistas para explicar algún tema, limitarles el acceso a los estudios; acoso u hostigamiento por parte de compañeros o profesores.
 
La LGAMVLV la define como: Conductas que dañan la autoestima de las alumnas con actos de discriminación por su sexo, edad, condición social, académica, limitaciones y/o características físicas, que les infligen maestras o maestros. Art. 12 LGAMVLV
 
Violencia en la comunidad
Esta violencia se presenta en lugares públicos (calle, transporte, parque, etc.) y comprende:
1.     Los “piropos”, tocamientos, insinuaciones que te hacen sentir mal.
2.     El trato discriminatorio por ser mujer en los servicios considerados masculinos (información automovilística, de informática, trámites bancarios o administrativos e inmobiliarias).
3.     La negación de tu libre tránsito y acceso en bares, tiendas, deportivos, clubs, así como a tu participación en festividades, actividades o tomas de decisiones comunitarias.
 
La LGAMVLV la define como: Actos individuales o colectivos que trasgreden derechos fundamentales de las mujeres y propician su denigración, discriminación, marginación o exclusión en el ámbito público. Art. 16 LGAMVLV
 
 
Violencia institucional.
Imponer, negar o condicionar el ejercicio de tus derechos humanos en los servicios públicos (imponerte un método anticonceptivo, no darte información objetiva de los procedimientos y consecuencias).
Cuando al denunciar a la o el servidor(a) público, duda de tu palabra y te responsabiliza de la violencia que has vivido; no respeta tu privacidad y confidencialidad (¡no se queje!, ¡es su marido!, ¡regrésese a su casa!, ¡no lo haga enojar!, ¡usted lo provocó!).
Cualquier trato o comentario que recibas en una institución pública y que atente contra tu dignidad humana (¡si bien que le gustó!, ¡aguántese!, ¡la matriz sólo sirve para dos cosas: para dar hijos o problemas!)
La LGAMVLV la define como: Actos u omisiones de las y los servidores públicos de cualquier orden de gobierno que discriminen o tengan como fin dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, así como su acceso al disfrute de políticas públicas destinadas a prevenir, atender, sancionar y erradicar los diferentes tipos de violencia. Art. 18 LGAMVLV.
Violencia feminicida
La violencia extrema que elimina los derechos humanos de las mujeres, que promueve el odio hacia ellas, y que incluso puede llegar hasta el asesinato.
La LGAMVLV la define como: la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y pueden culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres. Art. 21 LGAMVLV.
Bienvenido
Violencia física
Golpes, fracturas, torceduras, cachetadas, empujones, daños en el cuerpo.
Estos son algunos ejemplos de daños intencionales sobre el cuerpo de una mujer y forman parte de la violencia.
La LGAMVLV la define como: cualquier acto que inflige daño no accidental, usando la fuerza física o algún tipo de arma u objeto que pueda provocar o no lesiones, ya sean internas, externas o ambas. Art. 6, Fracción II.
 
Violencia psicológica
¡Calladita te ves más bonita!, ¡Mujer al volante peligro constante!, ¡Eres una tonta!, ¡No sirves para nada!, ¡Tenías que ser mujer!
Estas son frases que las mujeres escuchan en algún momento de su vida y que forman parte de la violencia psicológica.
 
La LGAMVLV la define como: Cualquier acto u omisión que dañe la estabilidad psicológica, que puede consistir en: negligencia, abandono, descuido reiterado, celotipia, insultos, humillaciones, devaluación, marginación, indiferencia, infidelidad, comparaciones destructivas, rechazo, restricción a la autodeterminación y amenazas, las cuales conllevan a la víctima a la depresión, al aislamiento, a la devaluación de su autoestima e incluso al suicidio. Art. 6, Fracción I.
Violencia patrimonial
“Quitarte tu dinero, romper, esconder, robar o vender sin tu permiso tus objetos de valor (tu televisión, tu radio, tus aretes, etc.), así como tus documentos personales (acta de nacimiento, pasaporte, cartilla de seguro social, etc.) y de bienes (escrituras, becas de estudio o apoyos económicos, pensión, etc.)”
La violencia patrimonial afecta tus recursos necesarios para satisfacer tus necesidades, estos son sólo algunos ejemplos.
La LGAMVLV la define como: Cualquier acto u omisión que afecta la supervivencia de la víctima. Se manifiesta en: la transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y valores; de derechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades. Puede abarcar los daños a los bienes comunes o propios de la víctima. Art. 6, Fracción III.
Violencia económica
No aportar dinero intencionalmente para atender las necesidades (salud, educación, alimentación) de las y los hijos menores de edad, las tuyas, así como la manutención de la casa (agua, luz, gas, etc.). No dejarte trabajar, controlar el ingreso familiar, recibir un salario menor en comparación con los hombres por un igual trabajo.
Estos son algunos ejemplos de la violencia económica que pueden vivir las mujeres.
La LGAMVLV la define como: Toda acción u omisión del agresor que afecta la supervivencia económica de la víctima. Se manifiesta a través de limitaciones encaminadas a controlar el ingreso de sus percepciones económicas, así como la percepción de un salario menor por igual trabajo, dentro de un mismo centro laboral. Art. 6, Fracción IV.
Violencia sexual
Tocamientos, insinuaciones, acercamientos no deseados, la introducción forzada y sin tu consentimiento del pene, dedos o algún otro objeto, por cualquier persona o tu pareja; limitarte, negarte o imponerte la anticoncepción o el embarazo; infectarte intencionalmente de una enfermedad de transmisión sexual.
También se considera como violencia sexual, la prostitución forzada, la trata de personas con fines sexuales, la mutilación genital (infibulación), así como las revisiones forzadas para ‘asegurar’ la virginidad, el no embarazo y/o la fidelidad.
La violencia sexual influye de manera negativa en todas las áreas de la vida y limita tus derechos sexuales.
La LGAMVLV la define como: Cualquier acto que degrada o daña el cuerpo y/o la sexualidad de la víctima y que por tanto atenta contra su libertad, dignidad e integridad física. Es una expresión de abuso de poder que implica la supremacía masculina sobre la mujer, al denigrarla y concebirla como objeto. Art. 6, Fracción V.

 

LGAMVLV:  LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA.

REFLEXION DE LA LECTURA AUTODEFENSAS, UNA RUTA CRÍTICA.

Al leer esta lectura me pone a pensar en qué punto se encuentra México, ya que los mexicanos no estamos preparados para dar un brinco y crecer, con crecer me refiero a que la gente seguimos siendo personas completamente cerradas, estamos tan acostumbrados a las leyes y al modo de vivir de hace años, sigue existiendo mucho machismo, y poca cultura, a mi punto de vista en la actualidad la violencia en México se está creando gracias a que se les salió de control el objetivo común que todos tenemos, ya que todos sabemos que el narcotráfico siempre va a existir y tiene que existir pero porque tratar de combatirlo?, o porque no llegar a acuerdos en los cuales todos salgamos beneficiados? Porque no mejor en seguir invirtiendo en armas y contratando a personas no capacitadas invierten en educación, información sobre las drogas que existen y los efectos que causan, ya que puedo atreverme a decir que muchas de las personas que consumen no saben a qué se están enfrentando solo se dejan llevar por la sensación y punto. Estoy segura que si México estuviera preparado se pudieran legalizar muchas drogas y el consumo disminuiría, así mismo también el narcotráfico dejaría de ser el negocio más grande.

Que pasó cuando estaba al frente de todo Beltrán, no existía tanta violencia o no se veía como está ahora porque tenía un acuerdo en el cual el protegía a su gente y con esto me refiero a nosotros, el no permitía que existieran tantos secuestros mientras lo dejaban trabajar, pero que causo su muerte que se soltara una guerra entre narcotraficantes para manejar el territorio que se había quedado libre.

Me puedo extender mucho y profundizar en por qué tantos adolescentes y personas deciden dedicarse a esto, y es porque en México no existen muchas oportunidades de trabajo y apoyo al estudio.

Como dice la lectura México no es Colombia y agrego México no es como muchos países ya que todavía estamos cerrados y no preparados para crecer como país.

 

ANALISIS DE LA LECTURA PROPUESTAS PARA UN MEXICO EN PAZ.

Realmente se podrían implementar todos esos cambios en México?

Creo que estamos hablando de algo muy complicado ya que tendríamos que hacer una limpieza completa de la gente que tenemos al frente, existe tanta corrupción, y que las cosas no se hacen objetivamente, que si eres primo del secretario de educación o del procurador no importa si tienes los conocimientos o estudios necesarios obtienes un puesto maravilloso y con un salario envidiable, y que aveces no importa que existan personas más capaces para ese trabajo no entras porque no tienes primo o amigo dentro, pero más allá de eso también tendríamos que cambiar la educación de los Mexicanos ya que estamos tan acostumbrados a vivir así, que cualquier cambio nos afectaría, por ejemplo si nos para un tránsito preferimos pagar 5o o 100 pesos a ir y pagar la multa, y sobretodo hacernos responsables de nuestro error, en México aplica el dicho de que las reglas se hicieron para romperse.

Otro de los puntos muy importantes es sobre quienes hacen las leyes o son encargados de que se cumplan seguramente no estarán de acuerdo a sacrificar parte de su salario para invertir en capacitación de la gente que está en gobierno,  en incentivar para la superación, y eso lo tendríamos que hacer todos los que estamos debajo de ellos pero como podríamos quitarle la venda a tanta gente?, deberíamos de comenzar el cambio nosotros pero es más fácil seguir viviendo en ignorancia y seguir con este estado de confort que enfrentar nuestra realidad.

AREA III PRIMER CLASE!!

PSICOLOGIA FORENSE: Es la intercepción entre la psicología general y el derecho, funge como auxiliar en las leyes y en la comprensión del acto delictuoso.

ACTO DOLOSO: Es la acción intencional, premeditada de ocasionar daños o infringir la ley.

ACTO CULPOSO: Acción u omisión que lleva a un delito sin intencionalidad.

DIFERENCIA ENTRE ANTISOCIALIDAD/INTROVERSION:

ANTISOCIAL: Sujeto que infringe las normas de convivencia social de acuerdo a la edad +18 se puede diagnosticar como trastorno antisocial de la personalidad, conducta antisocial; menor a los 18 se computa como disocial.

INTROVERSION: Sujeto de conducta pasiva que tiende a ensimismarse, encerrarse, apartarse de la sociedad.

MECANICA DE LESIONES: Rama de la medicina y la criminalística que sirve para determinar instrumentos utilizados para infringir heridas.

CRONOTANATODIAGNOSTICO: Estudio que realiza el médico forense para determinar la hora de muerte.

FALSO POSITIVO: Dar por hecho un suceso como real aunque la lógica indique lo contrario.

CRIMINALISTICA: Auxiliar del derecho penal, se basa en el estudio de la evidencia o hecho delictuoso. “Ciencia que se ocupa del crimen”

IMPUTABILIDAD: Sujeto que podemos achacarle el caso o el suceso por comprobación.

ININPUTABILIDAD: No se le puede achacar el caso.

 

 

 

Perfil psicológico: estructura que comprende varios apartados que te habla de la personalidad, gustos, familia. (unión de todas las esferas de la vida.

 

El abuso sexual comprende cualquier forma de contacto sexual con fuerza o intimidación, cuando la persona se halle privada de razón o sentido, o sea menor de 12 años. Los actos en los que se puede manifestar el abuso son muy variados, y pueden implicar desde tocamientos obscenos hasta la penetración.

 

Violación: Contacto sexual con cualquier persona que no puede o no quiere dar consentimiento voluntario.

 

 

PERFIL PSICOLOGICO DEL NIÑO ABUSADO SEXUALMENTE.

1.- Conocimiento detallado e inapropiado conforme a su edad sobre los actos sexuales.

2.- Conducta sexual inapropiada, inusual o agresiva con amigos o juguetes.

3.- Masturbación compulsiva.

4.- Curiosidad sexual excesiva.

5.- Conducta seductora y exhibicionista.

6.- Miedos y fobias inusuales a adultos, a salir a jugar, a la madre o al padre.

7.- Problemas escolares o cambio significativo al rendimiento escolar.

8.- Trastorno de la alimentación.

9.- Conducta compulsiva evidentemente.

10.- Conducta inapropiada para la edad (pseudo maduración, conducta regresiva).

11.- Incapacidad para concentrarse

12.- Trastorno del sueño

13.- Conductas violentas y agresivas.

14.- Demostraciones de una combinación de la violencia y sexualidad en los dibujos, juegos, lenguaje, trabajo escolar en general.

15.- Auto agresión y conductas de riesgo.

16.- Reacciones desidiosas (Confusión, alucinaciones auditivas, cambios marcados de personalidad, u olvido del episodio de abuso).

 

RASGOS CONDUCTUALES EN ADOLESCENTES VIOLENTADOS SEXUALMENTE

1.- Prostitución y promiscuidad.

2.- Excesiva preocupación por la homosexualidad.

3.- Aislamiento y depresión.

4.- Conducta excesivamente quejumbrosa.

5.- Mala higiene o baño excesivo

6.- Mala relación con los pares.

7.- Conducta desadaptativa (agresiva, fugas o delincuencia)

8.- Abuso del alcohol y drogas.

9.- Trastorno de la alimentación.

10.- Problemas escolares / aprendizajes.

11.- Intentos de suicidio u otras conductas auto destructivas.

12.- Miedo repentino.

13.- No participar en deportes, ni actividades sociales.